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Gimnasio

Las normas que rigen el uso del Gimnasio son las siguientes:

  1. Gimnasio.- El horario de uso es de 7:00 A.M. A 9:00 P.M.
  2. Está prohibido el ingreso al gimnasio a menores de 13 años, de 13 años en adelante podrán disfrutar de esta zona de 7:00 AM a 6:00 PM. de 6:00 PM a 9:00 PM solo se permite el ingreso a mayores de 15 años.
  3. No se permiten más de 2 invitados por apartamento en esta zona.
  4. El residente se hará cargo de todos los daños generados por parte suya, de los habitantes de su apartamento o de sus invitados y en caso de generar reparaciones, el valor de dicho arreglo podrá ser cargado a su cuenta de administración o pagado directamente acorde con lo regulado en el presente Manual de Convivencia.
  5. Deben abstenerse de arrojar objetos pesados que ofrezcan peligro a los usuarios o deterioren el gimnasio.
  6. No se permite en esta área el tránsito de Mascotas.
  7. Por seguridad, en esta zona no se permite a ningún residente montar en bicicleta, patines, monopatines o similares.
  8. Los usuarios de esta zona deberán dar estricto cumplimiento a las normas establecidas y publicadas.
  9. Cada equipo del Gimnasio podrá ser utilizado como máximo 40 minutos por persona, con el fin de que todos los residentes puedan usarlos, podrá continuar con su utilización si no hay residente esperando el turno.
  10. Para disfrutar de esta zona común deberán llevar una toalla y limpiar inmediatamente utilice uno de los equipos con los implementos dejados en la zona para tal efecto, con el ánimo de no perjudicar a los demás residentes que quieren utilizar tales maquinas.

Los padres de familia son los responsables directos por el cuidado de los menores en el gimnasio. La vigilancia y seguridad es competencia única y exclusiva de ellos, por lo tanto ni el EL CONJUNTO RESIDENCIAL SALTAMONTE, ni la Administración responden por situaciones de riesgo o por accidentes que se presenten.

 

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Salón Social

El Salón Social es el sitio destinado para la realización de eventos o reuniones de interés comunitario o de interés familiar del EL CONJUNTO RESIDENCIAL SALTAMONTE con capacidad máxima para 40 personas, el préstamo de esta zona no incluye el préstamo o autorización del uso de la piscina, o de cualquier otra zona común.

Se podrán realizar reuniones de interés comunitario y de interés familiar. Las primeras hacen referencia a las organizadas por el consejo de administración, administración y comité de convivencia como son: La realización de Asambleas, fiestas de integración, celebraciones con ocasión de fechas conmemorativas especiales, en ningún caso para reuniones de campañas políticas.

El uso de este lugar deberá solicitarlo el residente a la administración por escrito mediante el formato que encontrara en portería para su diligenciamiento, con ocho días de anticipación como mínimo, especificando el tipo de reunión para el que se solicita el salón social, número de invitados, el cual no debe exceder de su capacidad máxima, así mismo debe adjuntar listado de las personas que asistirán. En caso de presentarse varias solicitudes para la misma fecha y hora, la administración dará prelación a la primera solicitud que se recibió, según radicación de la petición. Una vez aprobada la utilización deberá cancelar tres SMDLV por concepto de alquiler, uno y medio SMDLV por concepto de aseo y cinco SMDLV como depósito, el primero se consignara en la cuenta de la unidad y los dos últimos se entregarán en la portería. El depósito será devuelto una vez recibido el salón social a satisfacción por parte de la empresa de vigilancia y así mismo se devolverá el rubro por aseo si deja el salón limpio en perfectas condiciones de aseo. Recuerde que en caso de aprobar su solicitud debe presentar su recibo de pago de alquiler, pues de lo contrario su fecha no será reservada.

El salón social será entregado por la Administración o por personal de la portería bajo inventario en cuanto a estado, limpieza y contenido. El usuario deberá devolverlo en igual forma y estado como lo recibió.

En general para no entorpecer la tranquilidad del conjunto residencial, ni la de sus residentes, solo se prestará el salón social de Lunes a Jueves y Domingo desde las 9:00 A.M. hasta las 11:00 P.M. y Viernes , Sábado y domingo cuando el lunes sea festivo de 9AM a 12:00, el salón social tiene un temporizador y se apagaran las luces de Lunes a Jueves y domingo a las 11:00 y Viernes , Sábado y domingo cuando el lunes sea festivo a las 12:00.

Cualquier mal comportamiento tendrá llamado de atención por parte de la vigilancia del Conjunto Residencial, y de continuar haciendo desacato se acudirá a las autoridades competentes y se impondrán las sanciones respectivas.

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Zonas verdes

En las zonas verdes que rodean el conjunto residencial, y que se utiliza como zona común de esparcimiento; se encuentra regulada por las siguientes normas:

  1. Está prohibido el ingreso de mascotas sin el dueño o adulto responsable y sin traílla.
  2. Está prohibido Jugar con motos, carros eléctricos y similares.
  3. Se prohíbe el consumo de licor y sustancias alucinógenas.
  4. No está permitido realizar reuniones sociales, ni poner música o radios a alto volumen.
  5. La zona verde es un espacio que se utiliza para la circulación y no para reuniones sociales, y no se permite arrojar basuras, colillas de cigarrillos, botellas o residuos de alimentos en las zonas verdes.
  6. Está prohibida la quema de globos o pólvora o elementos que resulten peligrosos para la salud o que puedan generar incendios.
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Bienes comunes

Son todos los bienes comunes de la Urbanización que se describen en el reglamento de propiedad horizontal tales como: La portería, vías internas, los parqueaderos de visitantes, salón social, los juegos infantiles, zonas húmedas (piscina, sauna, turco y jacuzzi), gimnasio, cancha, zona Jóvenes, Sala teatro, Cancha de Squash, la iluminación de áreas comunes y ornamentales, las zonas verdes, las vías de circulación peatonal, los senderos peatonales, el chut de basuras, cuarto de reciclaje, el cerramiento de la urbanización, ascensores, escaleras y puertas entre otros.

Los propietarios y residentes podrán hacer uso de los bienes comunes de la urbanización conforme con su naturaleza y destinación ordinaria, con el cuidado y moderación necesaria, sin perturbar el uso legítimo que corresponde a los demás.

De comprobarse vandalismo o daños causados en cualquier área o zona común, por parte de los usuarios, el residente y/o propietario responderá por los daños realizados por él o por sus invitados a título de reposición o sanción económica si no lo repone.